Esequibo: Fases del Proceso ante la CIJ Caso Venezuela – Guyana

Hermann Escarrá sobre el Esequibo, En La Balanza con la Dra. Olga Álvarez, 22/11/2022

Transcripción

Delcy Rodriguez

Señora Presidenta. Esta corte. Ha concluido que tiene competencia para examinar la validez del laudo en su decisión de diciembre de 2020, pero como puede la Corte examinar la validez del laudo sin la participación del Reino Unido. Se alcanzaría la determinación de la validez o nulidad del laudo sin la presencia del autor principal, es decir, el Reino Unido, que en su persecución de las ganancias actuó contra un Estado soberano. Ello entrañaría el examen de la conducta del Reino Unido. Esta es la situación que subyace. Bajo las excepciones preliminares de Venezuela, es decir, la necesidad de determinar las acciones y consecuente responsabilidad de una parte indispensable en estas actuaciones, a saber, el Reino Unido. Señora Presidenta, Señorías, ahora es necesario comprender cómo llegamos a la demanda unilateral de Guyana. Al principios de 2015, la relación cambió en su totalidad. En el contexto de la búsqueda de una solución amistosa. Cuyana impulsada. Por el. Sector transnacional de la energía que ha estado tras esta controversia territorial a lo largo de décadas, aprovechó la oportunidad para acelerar su acción con miras a una reivindicación o demanda respecto de la validez del. Dudo estas mismas transnacionales. 1/3 parte que no tendría ningún objeto en este litigio. Son quienes financian a la asistencia jurídica de Guyana en las actuaciones ante esta corte. Tras décadas de prospecciones con escasos resultados. La empresa petrolera americana Exxonmobil en 2015 anunció un descubrimiento. De primera magnitud mundial. Fin de la cita ese mismo año, puyana se olvidó acerca de los buenos oficios y abandonó las negociaciones. Puyana inició una aventura petrolera mediante la concesión unilateral de grandes concesiones a empresas transnacionales. Ante lo cual Venezuela ha protestado incansablemente al hacerlo, Guyana Destruyo ha destruido un par de grandes partes del entorno del medio ambiente del territorio. De guían esequiba con sus acciones ilícitas, huyan hace caso omiso de la determinación del Acuerdo de Ginebra de resolver la controversia territorial que afecta a la integridad de territorial de Venezuela, con sus prospecciones ilegales, ha llegado a hacer incursiones a unas aguas cuya territorialidad venezolana no es cuestionada. Señora Presidenta, Señorías, para mi país es fundamental dejar claro que, en contra de lo que ha dicho Guyana. Las excepciones preliminares de Venezuela no apelan. Contra el fallo de la Corte en materia de competencia, Venezuela comprende los efectos particulares de cosa juzgada región y cata respecto de la competencia del fallo de 2020. Con independencia de que vaya en contra de los intereses de Venezuela, las objeciones de Venezuela se refieren solamente a la admisibilidad de la demanda de Guyana. Las objeciones de Venezuela se basan en los siguientes hechos. En primer lugar, el Reino Unido y la República de Venezuela eran partes en el Tratado de Washington, la República Cooperativa de Guyana no lo era. En segundo lugar, el Reino Unido y la República de Venezuela eran partes en el arbitraje que dio lugar al laudo de 1899. No lo era la República Cooperativa de Guyana. En tercer lugar, el Reino Unido. Sigue siendo parte en el Acuerdo de Ginebra. En cuarto lugar, el Reino Unido, la parte indispensable para esta demanda no está presente en esta sala. Todo ello da lugar a las siguientes consecuencias jurídicas. Venezuela no puede impugnar los derechos y obligaciones de la conducta de un Estado que está ausente en estas actuaciones. Y cuya participación esta corte no puede ordenar. Por tanto, debido a la ausencia de esta parte indispensable, la Corte ha de declarar inadmisible la demanda de Guyana, como quedará demostrado con claridad en estas audiencias.

Dra. Olga Álvarez

Bienvenidos todos y todas han nuestro programa en la balanza. Hoy tenemos un tema muy especial, además con un invitado muy particular porque tenemos con nosotros al doctor Germán Escarrá, reconocido jurista venezolano, diputado en este momento la Asamblea Nacional venezolana fue constituyente en dos oportunidades, dos momentos históricos importantes para la República Bolivariana, un escritor de renombre, investigador. De lo que ha sido la historia bolivariana de esta República que sigue luchando por su proyecto histórico. Y además está presidiendo una comisión que resulta importante en este momento de la historia que es la Comisión para la defensa del Esequibo y la soberanía territorial. Bienvenido, doctor Escarrá.

Orador 1

La soberanía.

Dr. Hermann Escarrá

Contento de estar contigo, además, admirado siempre. Y debo decirte que tenemos el mejor recuerdo. No, cuando eras directora General de la Comisión Permanente constitucional de la Asamblea Constituyente, también de un periodo histórico importante, 2017 2020, porque fue más una constituyente para construir la paz que otra cosa. La primera fue más bien para una ruptura de paradigmas entre el Estado liberal burgués de Derecho y el Estado social y democrático de Derecho y de Justicia, entre otros aspectos.

Dra. Olga Álvarez

Y que se convirtió además, en un hito. Constitucional para nuestra América y referente para otros países ese proceso.

Dr. Hermann Escarrá

Un referente lo sigue siendo aún después de poco más de 20 años, lo sigue siendo para Europa. ¿Lo sigue siendo para la América Latina? Lo fue en lo inmediato, con Ecuador, la Real, la reforma y nueva constituyente de Ecuador lo fue en Bolivia. Lo fue en algunas reformas, dos de Argentina, es decir, ha tenido una influencia muy significativa.

Dra. Olga Álvarez

En este momento, doctor, nos toca además otra tarea importante también, obviamente histórica, que es la defensa del esequibo, el territorio venezolano del cual fuimos despojados de forma fraudulenta por la Colonia británica en su momento. Eso ha traído. Nos ha llevado a este momento a una demanda unilateral de la República Cooperativa de Guyana contra Venezuela y en este momento estamos en una fase muy particular. En el juicio, que es la fase de las objeciones preliminares, en nosotros, como vimos al al principio el video de la Vicepresidenta, la doctora Elsa Rodríguez, con una defensa extraordinaria y una presentación extraordinaria de esas objeciones preliminares, defendió. La razón histórica de Venezuela ante esta demanda unilateral y también la razón dentro del Derecho. ¿El por qué la inadmisibilidad de esta demanda? ¿Pero para llegar hasta acá hay que hacer un recorrido histórico y quién mejor que usted para explicarnos cuál ha sido la razón histórica de la defensa del esequibo? ¿Qué tenemos que saber todos los venezolanos y venezolanas para que todos tengamos la conciencia de la defensa integral de la nación y de la defensa absoluta del territorio de Venezuela? Hablemos un poco de de de la historia, de la de la razón histórica.

Orador

Como no, no, no.

Dr. Hermann Escarrá

Doctora con el mayor gusto hay 3 líneas fundamentales. Digamos la comprensión del momento histórico sobre nuestra soberanía territorial y el esequibo nuestro. El primero es de orden histórico y que está enlazado al uti possidetis juris fundamentalmente. El segundo es de orden estrictamente jurídico constitucional y que tiene que ver con el artículo 10 de la Constitución, pero también con las constituciones de 1830 hasta acá. Y el tercero es el procedimental, donde entra la doctrina de esta. Dado desarrollada a partir de 1966 con el Acuerdo de Ginebra y finalmente en la Corte Internacional de Justicia como bien lo dijiste tú, con la magnífica exposición que hizo Delcy Rodríguez una, una exposición brillante, acertada y muy firme en lo que tiene que ver con nuestros intereses nacionales en relación al esequibo en el orden histórico, hay que decirlo. En ese territorio. Digamos el origen en relación a Venezuela, que pertenecía a España. Se producen los sucesos del 19 de abril de 1810, después la declaración de independencia, 5 de julio del año 11 y llegamos a 1819 con la Constitución de Angostura. Es a la primera Constitución y la ley fundamental de la llamada Gran Colombia artículo 5, donde aparece por primera vez la idea de que el territorio venezolano es el que correspondía a la capitanía general de Venezuela. Útil posible y. Sí, de ahí en. Adelante se podría decir, eso fue ratificado en la Constitución del Rosario de Cúcuta 1821. Después, bueno vino la disolución de la Gran Colombia, pero a partir de 1830 hasta 1800 hasta 1999 se mantuvo la idea de que ese territorio formaba parte a partir de los sucesos del 19 de abril de 1810, del espacio geográfico venezolano, de tal manera que en el orden histórico tenemos títulos inequívocos. Pero además está el mapa de Francisco de Miranda. Están otros mapas que demuestran que las líneas del señor Schomburgk el contratado, pues por la monarquía inglesa distorsionaban todo lo que es el elemento de límites de carácter territorial. Eso está claramente demostrado en el tiempo. Llegamos a 1897. ¿Qué ocurre allí? Allí, la Inglaterra accede a un arbitraje, pues ya pretendiera intervenir directamente. Debo aclarar que una cosa es los dispositivos, Yuri de facto por la fuerza y otra cosa es los dispositivos de iure. Y bolivariano de estimó la mayoría de nosotros, que es el que corresponde a los títulos. Eso pretendía Inglaterra, la Gran Bretaña, sin embargo, por aquello la doctrina Monroe, entre otros. Entre otros aspectos, intervienen los Estados Unidos se ponen de acuerdo, no hay presencia de Venezuela allí y establecen las reglas de un arbitraje que ocurre, es lo que se llama el laudo de París, lo más conocido como el laudo de París en 1899. ¿Qué pasó allí? Bueno, se reúnen los representantes de Inglaterra. De los Estados Unidos Venezuela no aparece a pesar de que es su territorio, pero Inglaterra rechazó toda presencia de Venezuela. ¿Además, en términos despóticos groseros, muy despreciativos hacia nuestras realidades jurídicas y hacia nuestra población, cómo están los documentos? No estoy diciendo nada que no esté documentado bien. Bueno, se accede en los Estados Unidos, Inglaterra. Este laudo, ese arbitraje lo preside el señor Martín. Que si bien es cierto era un hombre de mucho prestigio, no se puede negar. Profesor de San Petersburgo, la Universidad de San Petersburgo ruso. Ajá y, a la vez muy amigo de la monarquía inglesa y profesor no profesor, Conferencista muy especial de la Universidad de Oxford y de la Universidad de Londres, muy amigo, pues, por decirlo así. El hecho es que ahí. Se produce un gran fraude. No solo en el orden procesal porque no están las partes, sino que además de eso se desconoce el principio del outside the Yuri nunca se trasladan. Como decimos los abogados y locus al sitio, para poder precisar con exactitud de que se trata, dónde están los límites que decimos nosotros y dicen los otros e imponen. Una configuración jurídica muy legítima y desconociendo los principios universales del Derecho internacional público. Después de allí, de ese arbitraje viciado de nulidad, se desarrolla históricamente un proceso de algunas denuncias menores, reconozcámoslo, así menores no, no fueron denunciados con la suficiente fuerza. Y ya en los años 50, ver, lapso que transcurrió es que.

Dra. Olga Álvarez

Perdón, doctor yo quisiera un corte para poder, para no perder el hilo de de lo que nos está explicando y tener el próximo bloque, con toda la explicación, nos vamos a un corte, seguimos con el doctor Germán Escarra.

Dr. Hermann Escarrá

Cómo no, cómo no con todo. Y con todo gusto.

Dra. Olga Álvarez

Hoy continuamos en la balanza con un programa especial en defensa del Esequibo, acompañado además de un gran jurista, académico, político constitucionalista, muy apreciado en Venezuela y quien dirige además la Comisión para la defensa del Esequibo y la soberanía territorial de la Asamblea Nacional. El doctor Germán Escarra, doctor, Está usted comentando el período posterior al fraude del laudo del laudo arbitral, cuando Venezuela empezó a presentar las denuncias por el fraude que despoja a Venezuela de su legítima titularidad sobre 160000 km de territorio que se conoce como esequibo. Cuéntenos un poco esa fase, ese ese segundo momento.

Dr. Hermann Escarrá

El preliminar de ese segundo momento ocurre con el Presidente Medina, Isaías Medina. Él va a Nueva York. Y ahí felicita un extraordinario discurso y le da la condecoración del Libertador, aseveró Male Prevost, que era el Secretario del Laudo Arbitral y una de las voces. Que defendió a Venezuela. Severo mallet prevost es un personaje muy particular porque él le dice a su socio. Que cuando él muera, publique un Memorial. El muere efectivamente. Unos años después, publica sus socios, cumple su palabra y publica el memorándum, donde él dice que ahí lo que hubo fue un fraude. Que a él lo presionaron y lo coaccionaron moralmente, y que de la misma manera coaccionaron a todos los. ¿Eh? No a los ingleses, sino a los norteamericanos, que hacían de representantes de Venezuela. No consulté eso con los más grandes juristas que tiene Venezuela. Incluso con el magistrado Cabrera Romero. ¿Considerado en Venezuela en el exterior, o una autoridad en materia de pruebas? Él fue muy claro conmigo desde el principio, me dijo, esto no lo adminiculada así. Usted tiene que usar esto, es como una declaración no autónoma, sino que tiene que relacionarla con otros. Entonces, si observamos el discurso de Delcy Rodríguez. Ella menciona lo que yo acabo de decir en relación a cero, más le pegó pero no centra y nuestra defensa porque sería débil, o sea, alguien podría impugnar el carácter de prueba plena de esa declaración. Y preferimos todos seguir el camino que nos orientó el doctor Cabrera, a quien nosotros respetamos mucho bien. Después de allí, Rómulo Betancourt. Hay que hacerle honor, aunque. Pero bueno, Rómulo Betancourt es el primero en una reunión política de Jefes de Gobierno que plantea el tema del esequibo. Luego de allí ya Venezuela, con más fuerza, con mucha fuerza, empieza su denuncia en las Naciones Unidas hasta llegar a 1966, ahí se produce el Acuerdo de Ginebra. Bueno, y en ese acuerdo lo que se establece es la obligatoriedad de una relación directa para llegar a una solución que satisfaga a las partes, dice. Solución práctica ajá que satisfaga las partes bien sigue un proceso poquito largo.

Dra. Olga Álvarez

¿Es bueno explicar doctor que al estar viciado de nulidad el laudo arbitral de París y llegar las partes que fueron partes en el laudo a otra, a otra Convención? Esta Convención nueva, que es el Acuerdo de Ginebra, sustituye en términos del Derecho internacional, sustituye la lo anterior, es decir, la única convención vigente desde 1966 hasta el día de hoy, es el Acuerdo de Ginebra, eso es importante decirlo, porque bueno, hay ahí. Podemos explicar el por qué están utilizando como herra.

Dr. Hermann Escarrá

La sustituye. Claro, claro. ¿Es el Acuerdo de Ginebra, se?

Dra. Olga Álvarez

¿Venta temeraria, un instrumento temerario la nulidad del laudo arbitral ante la Corte Internacional de Justicia, que es lo que vamos a explicar luego, pero tenemos presente, entonces qué? Este es el momento. Que sigue vigente.

Dr. Hermann Escarrá

Así es y sigue vigente el acuerdo de Ginebra, en realidad es un tratado solo que en el lenguaje coloquial se dice. Acuerdo de Ginebra y así ha quedado ahora el Acuerdo de Ginebra y el uti posibilidad de yodi. Conformaron lo que podríamos señalar como una doctrina de Estado. Que se desarrolló hasta hace poco. Y se empleó hasta hace poco. Esa doctrina estaba obtenía 3 elementos, 1 UTC, 7 Judith, dos respeto, vigencia y cumplimiento del Acuerdo de Ginebra 3. Rechazo a cualquier pretensión de ir a la Corte Internacional de Justicia Venezuela en eso fue clara, fue precisa. Fue inequívoca en ese tema. No obstante, ocurren algunos hechos. El primer hecho es con Ban Ki Moon. No con Guterres el que está presente ahorita él como Secretario General de las Naciones Unidas, sino Ban Ki Moon y dice, bueno, de no llegar a un acuerdo, vamos a la Corte Internacional de Justicia, ahí hay una carta del presidente Nicolás Maduro muy fuerte, muy elegante en el orden diplomático, pero fuerte en la defensa de los intereses nacionales de soberanía y autodeterminación de Venezuela. Luego de Ban Ki Moon, el señor Gutiérrez, que es quien lo sustituye como Secretario General de las Naciones Unidas, le dice a la Corte Internacional de Justicia que tiene jurisdicción y que admita la solicitud que ha hecho la República Cooperativa de Guyana como tú. Le llamaste muy bien, una demanda unilateral. ¿Cuál es el problema con esto? En el orden jurídico me refiero en el orden jurídico. El problema es que para acudir a la Corte Internacional de Justicia debe haber una cláusula compromisoria de las partes si esa cláusula no existe.

Dra. Olga Álvarez

El consentimiento de la.

Dr. Hermann Escarrá

Si no hay una manifestación de voluntad inequívoca en el orden jurídico, no hay manera de que la Corte Internacional de Justicia tenga jurisdicción. Sin embargo, ya la asumió por una equivocada intérprete. Que hace el señor Guterres o sus asesores de artículo 4.2 del Acuerdo de Ginebra que además, muy claro porque el Acuerdo de Ginebra, en esa norma, en esa cláusula, lo que en realidad dices que agotadas todas las vías entonces se debe seguir progresivamente.

Dra. Olga Álvarez

El propio acuerdo.

Dr. Hermann Escarrá

Subrayo progresivamente todos los procedimientos previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. Nosotros ni siquiera hemos hecho el primero. No la integración el acuerdo el tercero de buena fe, es decir, tiene una serie de procedimientos y el último es la Corte Internacional de Justicia y.

Dra. Olga Álvarez

El último, que es la Corte Internacional de Justicia siempre siempre pasa por el consentimiento de las partes en conflicto.

Dr. Hermann Escarrá

De las. Si no hay consentimiento, no hay jurisdicción, que fue el segundo argumento fuerte de delfi de la Vicepresidenta.

Orador

Las partes.

Dra. Olga Álvarez

Así es.

Dr. Hermann Escarrá

¿Cuando dijo, ustedes no tienen jurisdicción? Claro. ¿Alguien puede preguntarse y con toda razón, bueno, pero si ustedes están diciendo que no tienen jurisdicción, cómo es que están allí? En en ese escenario de la Corte Internacional de Justicia, lo que ocurre es que el Estatuto y el Reglamento de la Corte Internacional de Justicia prevén la posibilidad de objeciones preliminares a su decisión, sin ser parte, es decir, no se ha iniciado ningún procedimiento. Lo que hay es una incidencia. De, en este caso de Venezuela, que hace objeciones muy de fondo y muy serias. ¿A la decisión de admisibilidad que tomó a nuestro ver equivocadamente la Corte Internacional de Justicia, una mala interpretación del Acuerdo de Ginebra? A eso también hay que agregar. ¿Otro aspecto? La Guyana se ha puesto a entregar ese territorio. A las fuerzas económicas mundiales. Ahí está la Chevron, está la Exxon Mobil, quizás la más problemática, la Exxon Mobil, y hay alrededor de 30 empresas del mundo metidas allí, explotando nuestro petróleo, explotando nuestro gas, explotando nuestro oro y diamante, porque ciertamente es una zona muy rica. En incluso en lo que llama ahora minerales extraños. O sea, no solo en petróleo, no solo en gas, no solo en oro, no solo en diamante, sino en lo que llaman minerales extraños. Y, bueno, esa explotación supone también no solo un tema de orden territorial, sino geopolítico, geoeconómico, de soberanía e integral de la República. Una de las cosas que pedía la población y los que han seguido esto bueno, ya que están allá. Una vez que se produzca, la estamos esperando. La decisión de la Corte Internacional de Justicia, hay que pedir medidas cautelares de suspensión de esa actividad o de esas actividades. De todas estas empresas ahora. ¿Qué podemos esperar? ¿Cuál sería el desiderátum? ¿O cuál creemos que podría ser la decisión si la decisión es en el marco del Derecho internacional? Sin lugar a dudas. La Corte Internacional tiene tiene que replegarse, tiene que decidir si efectivamente aquí no hay una voluntad, expresa Venezuela.

Dra. Olga Álvarez

Ya venía a aclarar negros.

Dr. Hermann Escarrá

Para otorgarnos jurisdicción conjuntamente con Guyana, no existe una cláusula compromisoria, por lo tanto se debe reponer al Estado de continuar con el Acuerdo de Ginebra, además de otras decisiones, pero esa sería la fundamental. De no hacerlo. Entonces, colocaría a Venezuela en una disyuntiva muy seria, o seguir el procedimiento para ir al fondo. Lo de la demanda de Guyana, que es el que tú acabas de mencionar. Solicitud de nulidad del laudo del laudo arbitral de 1899. Estoy solicitando la nulidad de un laudo nulo que además derogado porque fue sustituido por el Acuerdo de Ginebra, pero bueno, esa podría ser. Una, una decisión que habría que impugnar y enfrentar muy fuertemente y la otra, entonces gira el Consejo de Seguridad. Que es el único que puede paralizar una sentencia de éstas, es el único que podría tomar decisiones por encima de la Corte Internacional de Justicia, de acuerdo al Estatuto de las Naciones Unidas. Colocaría a Venezuela en en una posición que no hemos querido, Venezuela se ha mantenido en el marco de la paz del Derecho internacional ordinario, por decirlo así. Derecho internacional público que reconozcan sus errores, que finalmente Guyana se siente a cumplir. El Acuerdo de Ginebra y a que se busque una solución práctica, directa, pacífica, sin reciprocidades y vulnerabilidades, sino en el marco más bien de esquemas de integración que son posibles, pero Guyana se manifiesta en sus declaraciones agresivas, violentas. Busca jugar ese papel de decir que Venezuela es el Estado agresor, el estado imperialista, y resulta que Venezuela no ha hecho ninguna operación militar. Como si la han hecho ellos con los Estados Unidos. ¿Tienen acuerdos con los Estados Unidos, han realizado ya? Creo que dos operaciones militares en esa zona. Y Venezuela por el contrario, si tiene el despliegue, como tiene que tenerlo, de su Fuerza Armada nacional bolivariana, por cierto, muy preparada para cualquier eventualidad, en la comisión tuvimos la oportunidad. De asistir a un juegos de guerra. En donde se analizaba sobre todo la fachada atlántica y yo puedo decir.

Dra. Olga Álvarez

Pues además el territorio es la proyección a la fachada atlántica.

Dr. Hermann Escarrá

Yo puedo decir con toda responsabilidad, no es que queramos eso, sino que puedo decir que para la defensa de nuestra soberanía, nuestra Fuerza Armada nacional bolivariana está presta, está preparada. Ahí hay grandes defensores y con mucha conciencia de lo que está ocurriendo en el esequibo y mucho conocimiento del territorio. Ya no es el conocimiento jurídico como podría ser el mío, sino en el caso de estos altos oficiales con quienes hemos tenido un buen intercambio es el conocimiento directo de la zona del terreno, de las potencialidades, de las vulnerabilidades, entre otros aspectos.

Dra. Olga Álvarez

Hace no vamos a un corte en este momento y continuamos con el doctor Germán Escarra en el próximo blog. Continuamos en la balanza con el doctor Germán Escarra, reconocido jurista, político, venezolano, historiador. Además, está en este momento presidiendo, entre otras tareas, la Comisión para la defensa del esequibo del territorio nacional. Doctor, vamos a tratar porque es importante que todos entendamos que está ocurriendo en la Corte Internacional de Justicia, es muy importante, porque todos y todas tenemos que tener plena conciencia de que el sol nace en el esequibo, que hay una razón histórica, pero que además hay una razón también desde el Derecho internacional, claro. Claro, así es en este momento la posición de Venezuela ha sido manifestar a la Corte Internacional varios elementos que ponen en evidencia la temeridad de la República Cooperativa de Guyana para llevar. Nos a un proceso que no debería, que además no tendría impacto en Venezuela, porque es inejecutable nosotros constitucionalmente y de acuerdo a la trayectoria que tenemos en tratados referentes a situaciones territoriales, Venezuela ha manifestado que todos los conflictos de naturaleza territorial o que afecten la soberanía o la integridad de la nación se resuelven en los tribunales venezolanos, nunca. En un tribunal extranjero esa no es una vía aceptada históricamente por Venezuela. Eso, por un lado, lo que haría además inejecutable cualquier decisión que nos afectara. Segundo, Venezuela la posesión ha sido, efectivamente, la de manifestar. Que no hay competencia de la Corte por esto que acabamos de hacer los temas territoriales no se dilucida en la corte, pero además de eso, el Acuerdo de Ginebra, el propio Estatuto de la Corte Internacional de Justicia ha sido erróneamente interpretado y el consentimiento de Venezuela, que es indispensable para ir a la Corte Internacional para cualquier otro tema que la Constitución no lo permita, no ha sido manifestado en este caso. Y recientemente, en las objeciones preliminares, la Vicepresidenta Delcy Rodríguez manifestó, reiteró, todos estos elementos. Para manifestar el desacuerdo absoluto y el no consentimiento de Venezuela pero además, como objeción preliminar expone algo muy cierto, que es que la República Cooperativa de Guyana no es parte. En el laudo arbitral viciado de nulidad. Entonces, quién debería incorporarse como parte indispensable sería en este caso Inglaterra, Irlanda del Norte o el Reino Unido. Sería quien tendría interés legítimo y debería. Estar presente al no estar presente, entiendo que la Corte debe declarar la inadmisibilidad de de esta demanda unilateral temeraria porque sencillamente no pudiera decidir, porque la parte indispensable para poder tomar una decisión no está. Entonces, cuéntenos un poco de esta visión, muy. 100, muy jurídica que está dentro de la doctrina y la propia Corte Internacional, que es la doctrina del oro amonedado, que es en la parte que es indispensable, no hay como admitir la demanda.

Dr. Hermann Escarrá

Muy bien expresado. Felicitación con mucha pedagogía, mucha claridad. Y es así, es 1 de los argumentos centrales y el otro también lo expresaste, que és la inmunidad de jurisdicción. Si nosotros violenta Ramos, eso con una aquiescencia, expresa o tácita. De cualquier decisión de la Corte Internacional En este sentido. Seríamos delincuentes constitucionales porque estaríamos violando el artículo primero en la norma de apertura del texto constitucional, la inmunidad de jurisdicción, segundo lugar, también lo comentaste, por cierto, muy bien. Inglaterra estuvo en los dos document. En dos centrales en esta materia. En primer lugar, el correspondiente a 1897, donde se establecen las bases del arbitraje en se.

Dra. Olga Álvarez

El Tratado de Washington.

Dr. Hermann Escarrá

Tratado de Washington en segundo lugar, el laudo arbitral de París de 1899 y quién estuvo fue Inglaterra, pero aún así en el Acuerdo de Ginebra. ¿Quien estás Inglaterra? Porque no debemos olvidar que Guyana aparece como país, entre comillas descolonizado aparece meses después de la firma del Acuerdo de Ginebra, ya como Estado, como entidad nacional, de tal manera que como bien dijiste la parte esencial es Inglaterra. No, no es exactamente. Guyana no es que no deba estar, pero no es la parte fundamental. En lo que tiene que ver, los juristas llaman esos cognición del proceso en lo que tiene que ver ya con la configuración misma del proceso. Yo tengo mucha fe en que. La Corte Internacional. ¿Fe dije fe? Internacional de Justicia, responda en conformidad al Derecho internacional a los títulos, pruebas argumentos de Venezuela. Tampoco somos ilusos ni creemos en procesos imaginarios. Una cosa es tener fe en que se actúe con rectitud, pero también estamos alertas a que no actúen con rectitud, sino que un momento dado se produjo una decisión trepó linaria alocada. Que podría crear un escenario que no deseamos en ese espacio geográfico, por el contrario, estamos inscritos en lo que el presidente Maduro ha insistido tantas veces, que es la idea del diálogo. La idea de la paz, sin que eso signifique vulnerar nuestra soberanía territorial. Un ejemplo de eso es lo que acaba de ocurrir en el aniversario 77 de la Organización de las Naciones Unidas. En esta última reunión. Bueno, Guyana nos atacó. Nos ofendió, dijo que. Éramos agresivos, violentos, imperialistas. Entre otras cosas, el presidente Maduro más bien mandó un mensaje de paz a las Naciones Unidas, muy bien sustentado. ¿Y más orientado a problemas mundiales, como, por ejemplo, todo este tema de naturaleza ambiental y de los recursos, no? ¿Naturales, es decir, el Presidente se manifestó como un estadista, entendió el escenario de la reunión 77 de las Naciones Unidas, mientras que Guyana estaba en una actitud un poco infantil, guerrerista, cuando insisto, quien ha hecho operaciones militares combinadas con los Estados? Unido ha sido Guyana, Venezuela no nuestros militares cumplen lo que es la función que le da el artículo 328 de la Constitución y la ley constitucional de la Fuerza Armada nacional bolivariana, que es la vigilancia, el resguardo en esa zona y ahí tenemos nuestros militares, gracias a Dios, cumpliendo una labor muy patriótica y de defensa de nuestra soberanía. Ahora quería aprovechar para hacer un comentario adicional con tu permiso, un excursos llaman eso. Yo creo que además del tema jurídico hay que hacer otras cosas. Creo que no es suficiente la argumentación, el debate. Nosotros tenemos que posicionarnos, nosotros tenemos que hacer un despliegue civil en la zona. Nosotros tenemos que cedular a los originarios, nosotros tenemos que ayudarlos a sus emprendimientos, nosotros tenemos que darle salud, educación, cultura, intercambiar, nosotros somos muy universales. Bastaría ahorita que estamos cercanos a diciembre, ver cómo es la Mesa de Navidad es portuguesas, holandesas es criolla, es norte, si tiene la mesa nuestra, cada vez es más universal en el orden y en ese orden somos nosotros, gente muy amplia, gente tolerante, gente, pues que aquí no hay, al menos en términos graves discriminaciones raciales, la hubo en el pasado. No sé discriminaciones raciales, discriminaciones religiosas, todo eso ayuda, todo eso nos hace no solo una mejor convivencia, sino una mejor actuación de nuestro Gobierno y de nuestro Estado en una controversia de esta naturaleza. Creo que hay que posicionarse, hay que avanzar en eso, sé que hay una oficina para esto, ahí está un hombre extraordinario, el coronel Torrealba. No solamente es la palabra, el conocimiento que él tiene, sino también el testimonio. El fundó una ciudad en esa zona. Y creo que ha sido una gran designación colocar a una persona de esas características con convicción, con testimonio, con verdadero sentimiento patriótico, para poder llevar adelante el proceso de posicionamiento. Pero también lo hay que hacer en el orden jurídico. En algunos aspectos hay quien sostiene que hay que declarar eso ya un Estado. Y decir, bueno, el. Otro nombre pudiera ser, pero la mayoría dice el estado de nuestra Guayana. Y nombrar un gobernador y escoge. Por unos diputados, etc. Es una tesis. La otra tesis, ampliar. En las constituciones serían la del Delta, la del Estado Bolívar y un pedacito de sucre. En esas constituciones, ampliar o colocar normas que protejan ese espacio geográfico que siempre fue nuestro.

Dra. Olga Álvarez

¿Hay una, hay otro punto a resaltar, doctora Esquerra que es significativo para el análisis completo de la situación en este momento y es de resaltar cuáles son los interés? Que están atrás de la actuación de la República Cooperativa de Guyana, fue público, notorio y comunicacional que quienes financiaban a los abogados que presentaron la demanda unilateral y seguían los procesos en contra de Venezuela estaban totalmente financiados por transnacionales de energía que están haciendo uso y respetando el Acuerdo de Ginebra de territorio que está dentro del, digamos que del de la. Del acuerdo de los de los predios del Acuerdo de Ginebra, el territorio de nuestro esequibo. Yo escuchaba luego de las objeciones preliminares de la Vicepresidenta, que además preside el Consejo, dirige el Consejo Presidencial el Presidente de defensa del Esequibo. Ella mencionó también esta situación que es el. Que fraudulento el actuar de Guyana cuando quien financia es quien tiene intereses en los recursos que son de Venezuela hay un elemento allí también que debe ventilarse que es en cualquier caso.

Dr. Hermann Escarrá

¿Ah sí?

Dra. Olga Álvarez

Hay que solicitar en algún momento la indemnización. Claro, a la República Cooperativa de Guyana. Si volvemos se volvemos, no si si como debe ser se declaren admisible la demanda, que es lo lógico que debiera ocurrir, se continúa con el Acuerdo de Ginebra, pero tiene que haber a lo a alguna actuación de Venezuela en cuanto a reclamo sobre lo que sea actuado en territorio, no solamente la República Cooperativa había un letrado de la Corte Internacional de Justicia que intervino luego de de la de las dos exposiciones tanto de Venezuela como Guyana y que dijo claramente. Que de de traer a Inglaterra. A la ahora Reino Unido, traer Inglaterra Irlanda del Norte a este proceso como parte indispensable, implicaría pedir la indemnización AA esta potencia a esta ex colonia por los daños causados a Venezuela por el esposo causado.

Orador 1

Claro, claro, claro.

Dr. Hermann Escarrá

AA los Estados como a las empresas. Ahí la Exxon Mobil fue precisamente ya lo declaró sin ningún problema, dijo.

Dra. Olga Álvarez

Así es.

Dr. Hermann Escarrá

No todos estamos financiando a los abogados y lo dijo el Presidente.

Dra. Olga Álvarez

De la República como.

Dr. Hermann Escarrá

Para la República Cooperativa de Guyana. Ahí ha sido más beligerante la Exxon Mobil, pero en general las empresas que están ahí están en una situación de ilegalidad internacional porque al final asuma 1/3 la posición que quiere asumir Guyana o Venezuela es un territorio, un reclamo. Opción no podría de ninguna manera sin la aquiescencia de las dos partes, hacer esa explotación y además, el canciller de ellos hace no sé creo que dos meses o menos de 2 meses dijo que ellos estaban trabajando para llegar a 1000000 de barriles de petróleo y este acto seguido abrieron un nuevo bloque ahí. Para la entrega internacional universal la comercialización económica de esa zona petrolera, muy petrolera con distintas empresas. Frente a eso ya Venezuela tiene que actuar, tiene que tomar decisiones, algunas de orden jurídico cierta. Cuenta la que tú planteaste es una de las las indemnizaciones. Las otras son las medidas cautelares o la potestad cautelar o finalmente ir al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas porque eso le está generando un enorme daño a la economía nacional. Hay que recordar también que detrás de esto hay un tema geoeconómico fuerte y un tema geopolítico. Pico en el momento en que el conflicto de Ucrania no entra en lo que la teoría estratégica llama estabilidad en la crisis, sino que tiende a prolongarse fragmentariamente la necesidad del petróleo, la necesidad de energía es mayor en Europa. Y en ese sentido, Venezuela tiene y juega un papel fundamental, pero también ese territorio es el petróleo más barato que existe en este momento en El Mundo. Es decir, se está dilapidando el dinero de los venezolanos de un territorio que no solo es que es nuestro, que están entrañablemente vinculado a nuestra historia, al padre del Libertador Simón Bolívar, cuando le pidió a revenga y a otro llamar la atención de la monarquía porque ocurrió un estallido aurífero y eso trajo inmediatamente a los colonos ingleses. Lo que aman los mineros, nada. Ya, o sea, se produjo una bulla y con esa bulla empezaron a entrar a colonos ingleses sin ningún orden. Y es cuando el Libertador, dice, se tienen que someter, en aquel caso a las leyes de la Gran Colombia.

Dra. Olga Álvarez

Nosotros, doctor, nos tenemos que despedir haciendo valer el artículo 10 constitucional, recordemos que el territorio de Venezuela está compuesto por aquel territorio que no ha sufrido ningún tipo de modificación y que no ha sufrido modificación por ningún tratado.

Dr. Hermann Escarrá

Se agarro. Que no ha sufrido hacer.

Dra. Olga Álvarez

Viceroy de nulidad del territorio de la capitanía general de 1811.

Dr. Hermann Escarrá

¿Verdad, señor?

Dra. Olga Álvarez

La defensa de Del esequibo pasa también por la conciencia del proyecto histórico de Bolívar. Tenemos que tener plena conciencia de nuestra identidad como bolivarianos de nuestra titularidad. Además de todo este territorio que nos pertenece, por haber luchado por nuestra independencia y que vamos a defender con el mismo fervor con que se defendió en su momento. En el territorio. Gracias doctor por haberme acompañado por 1.

Dr. Hermann Escarrá

Parace Aut. Muchísimas gracias, doctora.

Dra. Olga Álvarez

De los tenerlo. Aquí gracias a todo el equipo de producción y gracias a ustedes por acompañarnos.

Ley Aprobatoria del Acuerdo de Ginebra GO 28.008 15 abril 1966
LEY APROBATORIA DEL ACUERDO DE GINEBRA EL 17 DE FEBRERO DE 1966

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